El Tribunal Supremo de Justicia mediante resolución N° 2020-0002 de fecha 13 de abril de 2020, prorroga por treinta (30) días, el plazo establecido en la Resolución número 001-2020 mediante la cual resolvió que ningún Tribunal despacharía desde el lunes 16 de marzo hasta el lunes 13 de abril de 2020. Considerando que las circunstancias de orden social que ponen gravemente en riesgo la salud pública y la seguridad de los ciudadanos y las ciudadanas habitantes de la República Bolivariana de Venezuela debido a la pandemia COVID-19

En consecuencia, ningún Tribunal despachará desde el lunes 13 de abril hasta el miércoles 13 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive. Durante ese período permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales.

En materia de amparo constitucional se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado.

En cuanto a los Tribunales con competencia en materia penal, se mantendrá la continuidad del servicio público de administración de justicia a nivel nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 156 del Código Orgánico Procesal Penal solo para los asuntos urgentes.

Los Jueces Rectores y las Juezas Rectoras, los Presidentes y las Presidentas de los Juzgados Nacionales de lo Contencioso-Administrativo, los Presidentes y las Presidentas de los Circuitos Judiciales Penales, los Coordinadores y las Coordinadoras de los Circuitos Judiciales Laborales, los Coordinadores y las Coordinadoras de los Circuitos Judiciales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los Coordinadores y las Coordinadoras de los Tribunales con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer, quedan facultados para que adopten las medidas conducentes para garantizar el acceso a la justicia en las diversas Circunscripciones Judiciales, de conformidad con los objetivos de la presente Resolución, debiendo informar inmediatamente de las mismas a la Comisión Judicial.